Micelio
05001233100020010402602Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2013-12-05

Radicación interna: 49498 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Elizabeth Maria Hurtado Angel Y Otros·Demandado: Seguros Generales Suramericana S.A., Isagen Sa E.S.P., -Ejército Nacional, Ministerio De Defensa Nacional

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Fredy Ibarra Martínez Referencia: Reparación directa Radicación: 05001-23-31-000-2001-04026-02 (49498) Demandante: Elizabeth María Hurtado Ángel y otros Demandado: Nación – Ministerio de Defensa - Ejército Nacional e ISAGEN S.A. E.S.P. Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Comparto la decisión de la Sala1 porque, considero probada la responsabilidad de la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional en los hechos por los que se demandó y que no se acreditó la responsabilidad de Isagen S.A. E.S.P. Sin embargo, el ponente afirmó que, no podía pedirse a Isagén que tuviera más hombres para proteger a sus trabajadores pues esto “sería casi que el equivalente a requerirle que formara un grupo armado o ejército paralelo al margen la ley”.

No comparto esta afirmación porque, la vigilancia privada es una actividad lícita y regulada en Colombia, existen diversas medidas dentro del marco de la legalidad que permiten el aumento del nivel de seguridad por parte de empresas privadas sin que, por exigirlas, se esté invitando a la conformación de grupos armados. No obstante, acompaño la decisión porque, Isagén demostró haber actuado, dentro de la órbita de sus competencias, en procura de la seguridad de sus empleados, la parte demandante no acreditó que, de haber adoptado medidas diferentes, el daño no se hubiera producido ni que, las acciones emprendidas por parte de Isagén hubieran sido insuficientes, sí lo fueron de parte del Ejército Nacional.

Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado 1 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Tercera. Subsección B. Sentencia del 13 de diciembre de 2021. Exp. 05001-23-31-000-2001-04026-02 (49498).