Micelio
11001031500020240104700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2024-03-01

Radicación interna: 1644 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Jorge Eliecer Fuentes Girlado·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

Radicado: 11001-03-15-000-2024-01047-00 Accionante: Jorge Eliecer Fuentes Giraldo Remite para reparto 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., seis (6) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-01047-00 Accionante: Jorge Eliecer Fuentes Giraldo Accionado: Departamento Administrativo para la Prosperidad Social Temas: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Se remite por reparto.

AUTO 1.- El señor Jorge Eliecer Fuentes Giraldo presenta, en nombre propio, una acción de tutela para obtener la protección de sus derechos fundamentales, entre otros, al mínimo vital. 2.- Efectuada la revisión del escrito de tutela, el despacho advierte que el accionante no indicó contra quien dirige la acción1, sin embargo, de aquel se intuye que pretende hacer parte del programa <<Renta ciudadana>>, el cual está a cargo del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social2, por lo que se debe entender que la acción se encuentra dirigida contra esa autoridad. 3.- En atención a lo anterior, el despacho considera que la competencia para conocer y resolver el presente asunto corresponde a los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá3, por lo que se efectuará la remisión del expediente de tutela.

En mérito de lo expuesto, el despacho RESUELVE 1 Si bien en el aplicativo SAMAI aparece que la acción se dirige contra la Presidencia de la República, una vez revisado el escrito de tutela, no se evidencia que el actor haya siquiera mencionado a esa autoridad. 2 De conformidad con el Decreto 4155 del 3 noviembre de 2011 el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social es un organismo principal de la administración pública del Sector Administrativo de Inclusión Social y Reconciliación, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. 3 Numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021.

Radicado: 11001-03-15-000-2024-01047-00 Accionante: Jorge Eliecer Fuentes Giraldo Remite para reparto 2 PRIMERO: Por la Secretaría General de esta corporación, REMÍTASE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por el señor Jorge Eliecer Fuentes Giraldo a la Oficina de Reparto Judicial de los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá.

SEGUNDO

NOTIFÍQUESE la presente providencia al accionante a la dirección de correo electrónico señalada en el escrito de tutela, enviándole copia de la decisión que se adopta.

TERCERO: PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado