Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, D.C., 25 de febrero de 2022 Radicación: 11001-03-15-000-2022-01279-00 Demandante: Unión Temporal La Carbonera Demandado: Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y otros Naturaleza: Acción de tutela.
Auto De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por la Unión Temporal La Carbonera contra el Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y los Juzgados 20 Administrativo de Cali y 5 Administrativo de Descongestión de Cali y, VINCULAR a la Universidad del Valle, como tercero con interés en el proceso.
SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, a los demandados y al tercero vinculado, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.
TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.
CUARTO: OFICIAR Tribunal Administrativo de Valle del Cauca, para que remita escaneado, el expediente de la acción contractual No. 76001-33-31- 705-2012-00059-01, a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».
QUINTO: RECONOCER personería al abogado Óscar Hurtado Torres, identificado con cédula de ciudadanía No. 6.286.446 y portador de la Tarjeta Profesional No.122.697 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital. Radicación: 11001-03-15-000-2022-01279-00 Demandante: Unión Temporal La Carbonera Demandado: Tribunal Administrativo del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Naturaleza: Acción de tutela.
Auto Decisión: Admite ______________________________________________________________________________________________________________ 2 de 2 SEXTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA