CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., catorce (14) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 00153 00 Accionante: José de la Cruz Suárez Calderón Accionado: Tribunal Administrativo de Santander y otro Derechos: Debido proceso, trabajo, estabilidad laboral reforzada AUTO A través de auto del 23 de enero de 2023, notificado el 27 de igual mes y anualidad,1 se inadmitió la acción de tutela de la referencia y se ordenó lo siguiente: […] Único: Requerir al señor José de la Cruz Suárez Calderón, para que, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, allegue a este despacho, por correo electrónico, memorial aclaratorio en el que indique, de acuerdo con el caso en concreto, cuáles son las causales especiales de procedibilidad —defectos— en las que incurren las providencias atacadas, y sustente, con precisión conceptual y jurídica, su aplicabilidad dentro de la presente acción constitucional.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 2591 de 1991. […] Mediante memorial del 1º de febrero de 2023,2 el señor José de la Cruz Suárez Calderón, atendió el requerimiento dentro del término concedido. 1 Índice 7 de Samai, dentro del expediente de la referencia. 2 Índice 8 de Samai. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00153 00 Accionante: José de la Cruz Suárez Calderón Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co En vista de lo precedente y por reunir los requisitos legales, se admite la acción de tutela de la referencia y se dispone lo siguiente: Primero. Notificar como demandados a los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander y al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga, quienes conocieron del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 68001 33 33 013 2021 00043 00 [01], y que da origen al presente trámite constitucional.
Segundo. Notificar como terceros interesados en las resultas de este proceso al Municipio de Girón (Santander), quien actuó como demandado dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 68001 33 33 013 2021 00043 00 [01]. Tercero. Comisionar al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga, para que, de acuerdo con la información que reposa en el expediente, notifique del presente trámite constitucional a todas las personas que intervinieron dentro del medio de control nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 68001 33 33 013 2021 00043 00 [01], exceptuando al señor José de la Cruz Suárez Calderón y al Municipio de Girón (Santander).
Las personas a notificar serán vinculadas como terceros interesados en las resultas de este proceso. Las copias de las constancias de notificación derivadas de esta comisión deberán ser enviadas con destino a este despacho y expediente. Cuarto. Requerir al Juzgado 13 Administrativo del Circuito de Bucaramanga, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 68001 33 33 013 2021 00043 00 [01], en el que actuaron, en calidad de demandante, el señor José de la Cruz Suarez Calderón y como demandado el Municipio de Girón. Quinto. Remitir copia de la solicitud de tutela a la parte demandada y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, 3 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00153 00 Accionante: José de la Cruz Suárez Calderón Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase, GGGJ