Micelio
11001031500020240563200Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2024-10-18

Radicación interna: 9090 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Jesus Daniel Figueroa Salome·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otro

Radicado: 11001-03-15-000-2024-05632-00 Accionante: Jesús Daniel Figueroa Salomé Remite para reparto 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., veintidós (22) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-05632-00 Accionante: Jesús Daniel Figueroa Salomé Accionado: Ministerio de la Igualdad Temas: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Remite para reparto a la autoridad judicial correspondiente.

AUTO 1.- Jesús Daniel Figueroa Salomé presenta, en nombre propio, acción de tutela contra el Ministerio de la Igualdad, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales a la transparencia, la participación democrática y la libertad de expresión. 2.- El despacho remitirá este expediente a los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá porque, una vez revisado el escrito de tutela, se advierte que a esta corporación no le corresponde resolver este asunto por las siguientes razones: 2.1.- Si bien se menciona al presidente de la República en los hechos de la tutela, lo hace para referirse a las decisiones del Ministerio de la Igualdad. 2.2.- En consecuencia, el despacho aclara que, en atención a la naturaleza jurídica de la entidad accionada, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá1.

En mérito de lo expuesto, el despacho RESUELVE 1 Numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021. Radicado: 11001-03-15-000-2024-05632-00 Accionante: Jesús Daniel Figueroa Salomé Remite para reparto 2 PRIMERO: Por la Secretaría General de esta corporación, REMÍTASE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por Jesús Daniel Figueroa Salomé a la Oficina de Reparto Judicial de los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá.

SEGUNDO

NOTIFÍQUESE la presente providencia al accionante a la dirección de correo electrónico señalada en el escrito de tutela, enviándole copia de la decisión que se adopta.

TERCERO: PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado