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11001031500020260075900Consejo de Estado · Sección QuintaAuto interlocutorio2026-02-04

Radicación interna: 1209 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Omar Joaquin Barreto Suarez

Actor: Nerio Alexander Bastidas Padilla·Demandado: Tribunal Superior De Cucuta

Demandante: Nerio Alexander Bastidas Padilla Demandado: Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, Sala Penal de Decisión 1 Radicado: 11001-03-15-000-2026-00759-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado ponente: OMAR JOAQUÍN BARRETO SUÁREZ Bogotá, D.C., diez (10) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2026-00759-00 Demandante: NERIO ALEXANDER BASTIDAS PADILLA Demandados: TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÚCUTA, SALA PENAL DE DECISIÓN 1 AUTO QUE REMITE El señor Nerio Alexander Bastidas Padilla, en nombre propio, presentó acción de tutela contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, Sala Penal de Decisión 1 al considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa, a la doble instancia y al acceso a la administración de justicia, con ocasión del trámite de primera instancia dentro de la acción de tutela con radicado 54001-22-04-000-2025-00630-00, promovida contra el Juzgado Décimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cúcuta.

Al respecto, se encuentra que el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, estableció las reglas de reparto de las acciones de tutela en los siguientes términos:

ARTÍCULO 2. 2.3.1.2.1. Reparto de la acción de tutela. Para los efectos previstos en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, conocerán de la acción de tutela, a prevención, los jueces con jurisdicción donde ocurriere la violación o la amenaza que motivare la presentación de la solicitud o donde se produjeren sus efectos, conforme a las siguientes reglas: ( ) 5.

Las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada. (Énfasis añadido). En consecuencia, se ordena a la Secretaría General remitir inmediatamente el expediente de la referencia a la Corte Suprema de Justicia, corporación a la que le corresponde asumir el conocimiento de la presente tutela por ser el superior funcional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, Sala Penal de Decisión 1, para efectos de continuar con los trámites pertinentes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE OMAR JOAQUÍN BARRETO SUÁREZ Magistrado «Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/Casos/procesos.aspx»