CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá D.C., dos (02) de octubre de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-05538-00 Accionante: Luis Alfredo Moreno Bonilla Accionado: Tribunal Administrativo de Norte de Santander y otro Referencia: Acción de tutela – Admisión El señor Luis Alfredo Moreno Bonilla a través de apoderado judicial, presentó demanda de tutela contra el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Ocaña y el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo, seguridad social, salud, unidad familiar, mínimo vital, dignidad humana y buen nombre.
Estima que tales prerrogativas fueron vulneradas por las autoridades judiciales accionadas al proferir los autos del 27 de octubre de 2022 y 27 de julio de 2023, respectivamente, en el marco del proceso de nulidad y establecimiento del derecho1 que promovió el actor contra el Departamento de Norte de Santander. Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: REQUERIR a la parte accionante para que, en el término de tres (3) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, allegue copia de las providencias objeto de reproche constitucional.
TERCERO: VINCULAR al presente proceso al Departamento de Norte de Santander, en calidad de tercero interesado.
CUARTO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
QUINTO: REQUERIR al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Ocaña y al Tribunal Administrativo de Norte de Santander para que remitan, en medio magnético, copia del expediente identificado con el radicado número 54498-33-33- 001-2021-00157-00/01.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión al Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Ocaña, al Tribunal Administrativo de Norte de Santander y al 1 Identificado con número de radicado 54498-33-33-001-2021-00157-01. Radicación: 11001-03-15-000-2023-05538-00 Accionante: Luis Alfredo Moreno Bonilla Accionado: Tribunal Administrativo de Norte de Santander y otro Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 Departamento de Norte de Santander.
Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las respectivas direcciones de correo electrónico, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, las autoridades accionadas rindan informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés ejerza sus derechos de contradicción y defensa.
SÉPTIMO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante por correo electrónico.
OCTAVO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOVENO: RECONOCER personería jurídica al abogado Herminso Pérez Ortiz, portador de la tarjeta profesional 61.398 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en el expediente.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 2 VF