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11001031500020240331700Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2024-06-27

Radicación interna: 5356 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Oswaldo Giraldo Lopez

Actor: Blanca Lilia Sarmiento Pinzon·Demandado: Juzgado Once Civil Municipal Deejecucion De Sentencias De Bogota

Radicación: 11001 03 15 000 2024 03317 00 Accionante: Blanca Lilia Sarmiento Pinzón Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia 1 www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá D.C., ocho (8) de julio de dos mil veintitrés (2024) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2024 03317 00 Demandante: BLANCA LILIA SARMIENTO PINZÓN Demandado: JUZGADO ONCE CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BOGOTÁ Y OTRO AUTO REMITE La señora Blanca Lilia Sarmiento Pinzón, actuando en nombre propio, interpuso acción de tutela contra el Juzgado Once Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá y la Oficina de Apoyo Judicial a los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bogotá. La accionante reclama la protección de sus derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, a la defensa, a la igualdad y a la dignidad humana, que estima vulnerados por el Juzgado Once Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bogotá y la Oficina de Apoyo Judicial a los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de la misma ciudad, al no ordenar el pago de unos títulos judiciales que se encuentran dentro del proceso ejecutivo singular identificado con la radicación número 11001-40-03-011- 2017-01323-00.

En consecuencia, como el objeto de la solicitud recae sobre un proceso de la Jurisdicción Ordinaria, de conformidad con lo previsto por el numeral 5º del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 del 26 de mayo de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, que establece las reglas de reparto de las acciones de tutela, el conocimiento de ésta corresponde a los Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias del Circuito de Bogotá. Radicación: 11001 03 15 000 2024 03317 00 Accionante: Blanca Lilia Sarmiento Pinzón Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia 2 www.consejodeestado.gov.co En consecuencia, se ordenará la remisión inmediata del presente proceso a esas autoridades, para lo de su competencia. Por lo anterior, el despacho, RESUELVE:

PRIMERO: REMITIR de manera inmediata la acción de tutela promovida por la señora Blanca Lilia Sarmiento Pinzón a la oficina de apoyo de los Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora. Notifíquese y cúmplase. OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: Esta providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado que lo suscribe en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza su autenticidad, integridad y conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.