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11001031500020230308700Consejo de Estado · Sala Consulta y Servicio CivilAclaración voto2023-06-09

Radicación interna: 4804 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Rafael Francisco Suárez Vargas

Actor: Aldenober Patiño Galeano·Demandado: Tribunal Administrativo Del Cauca

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A” Aclaración de voto Bogotá D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-03087-00 Accionante: Aldenober Patiño Galeano Accionados: Tribunal Administrativo del Cauca Aunque considero que debió examinarse de fondo el asunto, teniendo en cuenta que los efectos prácticos de la decisión en uno u otro sentido son los mismos; suscribo la providencia, sin embargo, me permito aclarar mi voto en los siguientes términos: Considero que la vigilancia administrativa no es un medio judicial de defensa y en esa medida no es exigible su agotamiento, como requisito de subsidiariedad que pueda tornar improcedente la acción de tutela.

Sin embargo, examinado el asunto no se observa mora judicial por parte de la autoridad accionada, puesto que el proceso pasó a despacho el 7 de julio de este año; de tal manera que igual no hay lugar a otorgar protección alguna. En estos términos dejo aclarado mi voto. JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente manifestación fue firmada electrónicamente por el consejero ponente en la plataforma del Consejo de Estado denominada SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.