Micelio
11001032500020220069500Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2022-11-23

Radicación interna: 6279-2022 · LEY 1437 NULIDAD CON SUSPENSION PROVISIONAL

Ponente: Juan Camilo Morales Trujillo

Actor: Luis Guillermo Arrieta Montoya, Elis Fadith Argel Fernandez, John Jairo Rendon Ocampo, Jorge Elias Del Castillo Rodriguez, Gabriel Jaime Diaz Bula, Sandra Milena Hoyos Coronado, Kellys Cristina Benedetti Alvarez Y Otros, Francisco Antonio Buelvas Ricardo, Carlos Angel Arroyo Rodriguez, Oscar Luis Oliva Lemos, Carlos Arturo Ortega Negrete·Demandado: Comision Nacional Del Servicio Civil, Municipio De Tierralta Cordoba

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN A Primero (1) de junio de dos mil veintiséis (2026) Referencia: Nulidad Radicación: 11001-03-25-000-2022-00695-00 (6279-2022) Demandantes: Kellys Cristina Benedetti Álvarez y otros1 Demandados: Comisión Nacional del Servicio Civil y Municipio de Tierralta (Córdoba) – Alcaldía Municipal de Tierralta Tema: Coadyuvancia. Alegatos de conclusión. Decisiones: Decidir solicitudes de coadyuvancia. Correr traslado para alegar de conclusión y presentar concepto.

El despacho resuelve las solicitudes de coadyuvancia pendientes de decisión y ordena correr traslado a las partes y terceros para alegar de conclusión, así como al Ministerio Público para que emita concepto. I.

ANTECEDENTES 1. Con posterioridad a la decisión de disponer el trámite de sentencia anticipada se allegaron diversas peticiones de coadyuvancia encaminadas a respaldar los argumentos de densa propuestos por la parte demandada. 2. En particular, comparecieron el Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado, Melissa María Montalvo Barrera, Durley Ibet Oviedo Ortiz, Enrique Manuel Anaya Sedán, Andrés Felipe Sánchez Pérez, Alex Ricardo Contreras Barrios, Yulenys Esther Muñoz Arcia, Claudia Patricia Arroyo Sánchez, Luis Miguel Madera Martínez, Gloria Beatriz Lozano Murillo, Jorge Luis Mercado Londoño, Ana Raquel Priolo Tirado, María José Ortiz Pastrana, Oscar Antonio Paternina Rojas Franz Eduardo Hernández Lemos, Kenia Patricia Teherán Carrascal, Eder Manuel Chaves Arciria, Ariel Hernán Díaz Salas, Loida María Narváez Lara, Miguel Mariano Martínez Petro, Dibier Samir Vásquez Ortega, Enilse Yurley Hernández Castro, Never Lin González Meza, Héctor Luis Núñez Restrepo, Estheibyn Mafiol Vásquez y Marcos Segundo Lobo Montalvo.

II. CONSIDERACIONES 3. Examinadas las solicitudes presentadas, el despacho considera que se acreditó el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 223 del CPACA. En 1 Jorge Elías del Castillo Rodríguez, Luis Guillermo Arrieta Montoya, John Jairo Rendón Ocampo, Carlos Ángel Arroyo Rodríguez, Elis Fadith Argel Fernández, Francisco Antonio Buelvas Ricardo, Gabriel Jaime Díaz Bula, Carlos Arturo Ortega Negrete, Óscar Luis Oliva Lemos, Sandra Milena Hoyos Coronado, Yamit Enrique Tordecilla Montes, Santiago Felipe Oviedo Mendoza, Mary Luz Julio Galvis, Alex de Jesús Navarro Díaz, Zeida Encarnación Sánchez López, Day Díaz Cueto, Leonardo Jorge Argel Ramírez, Germán Antonio Vargas Pérez, Arcadio Manuel Atencia Marzola, María José Anaya Camargo, Raúl Alfonso Navarro Bello, Luz Naideth González Quiseno, María del Rosario Mendoza Lora, Alberto José Bustos Valencia, José Antonio Pérez, Luis Alfonso Villalba Jaramillo, Eroína de Jesús Pastrana Hoyos, Robert Manuel López Vertel, Nayibe Ester Pereira Romero, Stevan Darío Bravo Ortiz, Cristian Fabián Padilla Durango, Richard Alfonso Madrid Ortiz, Diana Rocío Tordecilla Correa, Yenis Claribel Castro Tapia, Martha Cecilia Hernández Castaño, Luz Amparo Ricardo y Rina Elena Corcho Puche.

Radicación: 11001-03-25-000-2022-00695-00 (6279-2022) Demandantes: Kellys Cristina Benedetti Álvarez y otros consecuencia, las mencionadas personas serán reconocidas como coadyuvantes de la entidad demandada. 4. Por otra parte, a efectos de proferir sentencia, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 182A del CPACA, se ordenará correr traslado por el término de diez (10) días a las partes y a los coadyuvantes; así como al agente del Ministerio Público, para que presenten por escrito sus alegatos de conclusión y su concepto, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el último inciso del artículo 181 ibidem.

En mérito de lo expuesto, el despacho III.

RESUELVE

Primero. Tener como coadyuvantes de la parte demandada al Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado, Melissa María Montalvo Barrera, Durley Ibet Oviedo Ortiz, Enrique Manuel Anaya Sedán, Andrés Felipe Sánchez Pérez, Alex Ricardo Contreras Barrios, Yulenys Esther Muñoz Arcia, Claudia Patricia Arroyo Sánchez, Luis Miguel Madera Martínez, Gloria Beatriz Lozano Murillo, Jorge Luis Mercado Londoño, Ana Raquel Priolo Tirado, María José Ortiz Pastrana, Oscar Antonio Paternina Rojas Franz Eduardo Hernández Lemos, Kenia Patricia Teherán Carrascal, Eder Manuel Chaves Arciria, Ariel Hernán Díaz Salas, Loida María Narváez Lara, Miguel Mariano Martínez Petro, Dibier Samir Vásquez Ortega, Enilse Yurley Hernández Castro, Never Lin González Meza, Héctor Luis Núñez Restrepo, Estheibyn Mafiol Vásquez y Marcos Segundo Lobo Montalvo.

Segundo. Ordenar correr traslado por el término de diez (10) días a las partes y a los coadyuvantes, así como al agente del Ministerio Público para que presenten alegatos de conclusión y su concepto, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el último inciso del artículo 181 del CPACA. Notifíquese y cúmplase. JUAN CAMILO MORALES TRUJILLO Firmado electrónicamente CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado conductor del proceso en la plataforma del Consejo de Estado denominada Sámai.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.