CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá D.C., dieciocho (18) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Radicación número: 25000-23-36-000-2014-01207-03 (71715) Actor: NACIÓN - MINISTERIO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO Demandado: MUNICIPIO DE SOPÓ Referencia: MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES Por venir debidamente sustentados y por reunir los demás requisitos legales1, se admiten los recursos de apelación interpuestos por las partes2, contra la sentencia del 7 de junio de 20243, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.
Por Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese personalmente la presente providencia al Ministerio Público y por estado a las partes. Ejecutoriada la presente providencia, la Secretaría, antes de pasar el expediente al Despacho, deberá verificar cuál de los eventos estipulados en el artículo 247 del CPACA -modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021- se cumple y proceder de conformidad.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada EPRM / SP 12C+11 Cd’s 1El Despacho encuentra que el presente asunto tiene vocación de doble instancia, toda vez que reúne los requisitos del artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, además la cuantía estimada de la mayor de las pretensiones de la demanda es de $4.022’176.544, la cual resulta superior a los 500 s.m.m.l.v. para la fecha de presentación de la demanda -19 de agosto de 2014-, exigidos por el artículo 152, numeral 5 y 157 ibidem. 2 Parte demandada (índice 171, Samai del Tribunal) Parte demandante (índice 172, Samai del Tribunal) 3 índice 168 de Samai del Tribunal.