Radicado: 11001-03-26-000-2016-00055-00 (56712) acumulado con (56881) y (56989) Demandantes: Roberto Lorduy Escalante y otros CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Acción de revisión de asuntos agrarios - Ley 1437 de 2011 Radicación: 11001-03-26-000-2016-00055-00 (56712) acumulado con (56881) y (56989) Demandantes: Roberto Lorduy Escalante y otros Demandados: Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - Incoder hoy Agencia Nacional de Tierras - ANT Tema: Resuelve solicitud de prelación de fallo AUTO El 12 de abril de 20241, el apoderado judicial de la parte demandante radicó memorial al despacho en el que solicitó otorgar prelación de fallo al proceso de la referencia, toda vez que, se trata de un proceso de trascendencia social en el que se ve inmersa la comunidad afrodescendiente de la Gran Comunidad de Carex y Tierras de Bocachica.
Al respecto se informa que, por tratarse de un proceso de única instancia éste ya cuenta con prelación para emitir sentencia definitiva. Cabe aclarar que, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 446 de 1998, actualmente se están resolviendo los recursos de apelación que ingresaron para este efecto en los años 2016 y 2017. No obstante, de acuerdo con la asignación administrativa del despacho, el proceso tiene programado proferir la decisión para el segundo semestre del presente año. Por otro lado, por Secretaría, RECONÓCESE personería adjetiva al abogado Sandro Sánchez Salazar portador de la tarjeta profesional num. 95.351 del C.S. de la J., para ejercer la representación judicial de la Agencia Nacional de Tierras - ANT de conformidad con el poder conferido a su favor por Lisseth Angélica Benavides Galvis en calidad de Jefe de la Oficina Jurídica de la Agencia Nacional de Tierras, que obra a índice 142 de Samai.
REMÍTASE el instructivo para registrarse y acceder a la plataforma Samai al abogado Sandro Sánchez Salazar con el fin de garantizar su acceso al expediente digital. Dicha información debe ser enviada a las direcciones electrónicas: sandro.sanchez@ant.gov.co y juridica.ant@ant.gov.co. La presente providencia será notificada mediante estado electrónico.
Se advierte a los sujetos procesales que deberán indicar cualquier modificación en los canales de comunicación a la dirección ces3secr@consejodeestado.gov.co. 1 Índice 153 de Samai; Solicitud prelación de fallo. Radicado: 11001-03-26-000-2016-00055-00 (56712) acumulado con (56881) y (56989) Demandantes: Roberto Lorduy Escalante y otros En el sistema de información Samai se encuentran registrados los correos electrónicos de los apoderados de las partes.
Se ADVIERTE a los sujetos procesales que deberán INDICAR cualquier modificación en la información de los canales de comunicación electrónica a la dirección ces3secr@consejodeestado.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado