Micelio
11001031500020220346500Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2022-06-28

Radicación interna: 5584 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Claudia Mercedes Galvis Rojas·Demandado: Tribunal Administrativo Del Huila Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., catorce (14) de julio de dos mil veintidós (2022) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00 Referencia: Acción de tutela Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por la señora CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS2 contra el JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE NEIVA y el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL HUILA, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 22 de febrero de 2016 y 9 de noviembre de 2021, dentro del medio de control de reparación directa identificado con el número único de radicación 2014-00004-01.

En consecuencia, se dispone: 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Se resalta que la señora GLAVIS ROJAS dentro del proceso de reparación directa objeto de controversia actua en nombre propio y representación de su hijo menor de edad Josue Inri Valbuena Galvis. 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00 Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co a): Notifíquese al señor Juez Sexto Administrativo del Circuito de Bogotá y a los magistrados del Tribunal Administrativo del Huila.

Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese a los señores FRANCISCO JAVIER RIVERA GALVIS y MARÍA GINETH GALVIS ROJAS, parte demandante; y al MUNICIPIO DE NEIVA, parte demandada en el proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a los señores Francisco Javier Rivera Galvis y María Gineth Galvis Rojas y al Alcalde del Municipio de neiva (Huila), para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que les corresponda en derecho, los documentos aportados por la actora con la solicitud de tutela. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-03465-00 Actora: CLAUDIA MERCEDES GALVIS ROJAS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co d): Tiénese al doctor MILLER OSORIO MONTENEGRO como apoderado especial de la actora, de conformidad con el poder obrante en el expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera