CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C MAGISTRADA PONENTE: ADRIANA POLIDURA CASTILLO Bogotá D.C., diez (10) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001-03-26-000-2024-00051-00 (71119) Demandante: Carlos Andrés Hernández Márquez Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional Referencia: Recurso extraordinario de revisión El Despacho procede a decidir sobre la aprobación de la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación. Esta Subsección, mediante sentencia del 11 de agosto de 20251, declaró infundado el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia proferida el 16 de marzo de 2023 por el Tribunal Administrativo de Sucre, dentro del proceso con radicado No. 70001-33-33-007-2017-00205-01 y, en consecuencia, condenó en costas a la parte recurrente.
No obstante, la Sala no fijó agencias en derecho, al no encontrar acreditada la labor de defensa ejercida por la entidad demandada. En atención a lo ordenado en la providencia antes referida, el 8 de septiembre de 20252, la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación efectuó la liquidación de costas de la siguiente manera: RUBRO MONTO Agencias en derecho $0.00 Gastos y expensas del proceso $0.00 Honorarios auxiliares de la justicia $0.00 Total $0.00 El Despacho encuentra que la liquidación refleja lo resuelto en la sentencia proferida por esta Subsección, el 11 de agosto de 2025, por lo tanto, la aprobará. En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del artículo 366 del Código General del Proceso (CGP), el Despacho aprobará la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación a cargo de la parte recurrente, por el valor de cero pesos ($0.00).
Por lo expuesto, el Despacho 1 Índice No. 44 de Samai. 2 Índice No. 50 de Samai. 2 Radicado: 11001-03-26-000-2024-00051-00 (71119) Demandante: Carlos Andrés Hernández Márquez RESUELVE APROBAR la liquidación de costas que efectuó la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación, de acuerdo con lo expuesto en las consideraciones que anteceden.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE ADRIANA POLIDURA CASTILLO Magistrada AET