CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., nueve (9) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 00578 00 Accionante: Yeny Aguirre Ramos Accionado: Tribunal Administrativo de Quindío Derechos: Debido proceso AUTO Por reunir los requisitos legales, se admite la acción de tutela de la referencia y se dispone lo siguiente: Primero. Notificar, como demandados, a los magistrados del Tribunal Administrativo de Quindío, Sala de Decisión 3, quienes conocieron del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 63001 33 33 004 2017 00231 01, que da origen al presente trámite constitucional.
Segundo. Notificar, como terceros interesados en las resultas de este proceso al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), al haber actuado como demandado dentro del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 63001 33 33 004 2017 00231 00 [01]. Tercero. Comisionar al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Armenia para que, de acuerdo con la información que reposa en el expediente, notifique del presente trámite constitucional a los señores Jefferson Alejandro Castaño Aguirre y Amanda Montoya Ruiz, así como a todas las personas que intervinieron dentro del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 63001 33 33 004 2017 00231 00 [01]; exceptuando a la señora Yeny Aguirre Ramos y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC). 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00578 00 Accionante: Yeny Aguirre Ramos Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Las personas a notificar serán vinculadas como terceros interesados en las resultas de este proceso y las copias de las constancias de notificación derivadas de esta comisión deberán ser enviadas con destino a este despacho y expediente.
Cuarto. Requerir al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Armenia, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 63001 33 33 004 2017 00231 00 [01], en el que actuaron, en calidad de demandantes, los señores Yeny Aguirre Ramos y otros, y como demandado el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
Quinto. Reconocer personería jurídica para actuar dentro de este proceso a la abogada, señora Clara Inés Londoño Santa, según poder otorgado por la parte actora, de acuerdo con la documentación contenida en el expediente digitalizado. Sexto. Remitir copia de la solicitud de tutela a los demandados y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase GGGJ