CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., dieciséis (16) de junio de dos mil veinitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-03129-00 Accionante: Cristian Roberto Agreda Ortiz Accionado: Armada Nacional de Colombia y otro Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Remite por competencia. AUTO Cristian Roberto Agreda Ortiz interpone, en nombre del menor Cristian Esteban Agreda Ortiz, una acción tutela contra la Armada Nacional de Colombia y la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (CREMIL) con el fin de obtener la protección de su derecho fundamental al mínimo vital.
La parte actora alega que las autoridades accionadas no han realizado la retención salarial de la asignación de retiro del señor Cristian Roberto Agreda Ortiz. De conformidad con el artículo 1.2 del Decreto 333 de 2021: <<Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría>>.
En ese orden de ideas, la competencia para conocer de este asunto no es del Consejo de Estado. En mérito de lo expuesto, el Despacho
RESUELVE
PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación REMÍTASELE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por Cristian Roberto Agreda Ortiz a los Juzgados Administrativos del Circuito de Bogotá, con el fin de que se adelante el trámite correspondiente.
SEGUNDO. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado