CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B Bogotá D.C., dieciséis (16) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-03173-00 Demandante: Lina María Moreno Cadavid Demandado: Consejo Superior de la Judicatura, Unidad Administrativa de Carrera Judicial AUTO QUE ADMITE Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la admisibilidad de la solicitud de amparo constitucional presentada por Lina María Moreno Cadavid, por la presunta vulneración de su derecho y garantía fundamental de petición, con ocasión de la falta de respuesta al traslado solicitado el 30 de mayo de 2023.
Revisada la solicitud de la referencia, el despacho considera que cumple con los requisitos previstos en los artículos 14 del Decreto 2591 de 1991 y 1 del Decreto 333 de 2021. En consecuencia, Resuelve Primero. Admitir la solicitud de tutela instaurada por Lina María Moreno Cadavid contra el Consejo Superior de la Judicatura, Unidad Administrativa de Carrera Judicial.
Segundo. Por la Secretaría General de la corporación notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a la autoridad accionada de la admisión de la presente solicitud de amparo, para lo cual deberá hacerle llegar copia de esta, para que, si a bien lo tiene, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia rinda informe sobre los hechos planteados.
Tercero. Tener como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela. Notifíquese y cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firma electrónica Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador