CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veintidós (2022) Radicado número: 11001-03-15-000-2022-00458-00 Actores: Martha Viaña Alvarado Accionado: Corte Constitucional Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que, en ejercicio de la acción de tutela, presenta la señora Martha Viaña Alvarado, a través de apoderado, en contra de la Corte Constitucional.
En consecuencia, se dispone: Póngase en conocimiento de la autoridad accionada la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndole llegar copia de esta, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso a la Sala de Casación Civil la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio de Desarrollo, al Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, a Prime Value Service S.A.S, a Bavaria S.A. y al señor Pablo Obregón González, haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Para dar cumplimiento a la anterior orden, por Secretaría requiérase a la parte demandante, a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y a la Corte Constitucional, para que informen la dirección de notificación electrónica del señor Pablo Obregón González.
Id Documento: 11001031500020220045800005025210006 Radicado Nº. 11001-03-15-000-2022-00458-00 Actora: Martha Viaño Alvarado Acción de Tutela 2 Por Secretaría General ofíciese a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y a la Corte Constitucional, para que, respectivamente, dentro del término de dos (2) días, contados a partir del recibo de la notificación, alleguen a través de medio magnético, el expediente correspondiente al proceso reivindicatorio con radicado: 11001-02-03-000-2009-01877-00, demandante: Lucía Alvarado Pacheco y el auto de 29 de noviembre de 2021, emanado dentro de la acción de tutela T-8.347.947.
Con el valor que les asigne la Ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente. Se reconoce personería al abogado Jairo Ruiz Quesedo, como apoderado de la parte actora, en los términos y para los efectos señalados en el poder otorgado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Id Documento: 11001031500020220045800005025210006