Expediente: 11001-03-15-000-2023-05634-00 Demandante: Janer Chica Jaramillo Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., 2 de octubre de 2023 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-05634-00 Demandante: Janer Chica Jaramillo Demandado: Tribunal Administrativo de Antioquia Asunto: Auto admisorio Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: 1.
Admitir la demanda de tutela presentada por Janer Chica Jaramillo contra el Tribunal Administrativo de Antioquia con el objeto de que sean amparados los derechos fundamentales al debido proceso, seguridad social, igualdad y de acceso a la administración de justicia. 2. En calidad de demandados, notificar a los magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia. 3.
En calidad de terceros con interés, vincular al juez 23 administrativo de Medellín, la ministra de educación Nacional, al presidente de la Fiduprevisora S.A como vocero del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y al gobernador de Antioquia. 4. Requerir al Juzgado 23 Administrativo de Medellín, para que, en el término de 2 días, aporte copia magnética del expediente con radicado 05001333302320220014101, demandante: Janer Chica Jaramillo. 5.
El expediente digital queda a disposición de la parte demandada y de los terceros, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 6. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 7. Reconocer al abogado Yobany Alberto López Quintero como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido. 8.
Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN