Micelio
11001031500020230042000Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2023-01-30

Radicación interna: 628 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Cesar Palomino Cortes

Actor: Sergio Romero Cardona Y Otra·Demandado: Tribunal Administrativo Del Quindio Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., dos (2) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Radicado número: 11001-03-15-000-2023-00420-00 Actor: Sergio Romero Cardona y otra Accionado: Tribunal Administrativo del Quindío y otro Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta el señor Sergio Romero Cardona y la señora Lina María Escobar Gutiérrez, mediante apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo del Quindío y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Armenia.

Póngase en conocimiento de las autoridades judiciales accionadas la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndoles llegar copia de la misma, con el fin que rindan el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, al Municipio de Armenia (Quindío) - Departamento de Planeación Municipal, a la Inspección de Primera Categoría de Control Urbano de Armenia y al Departamento Administrativo de Hacienda- Tesorería General de Armenia, haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se les otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General ofíciese al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Judicial de Armenia y al Tribunal Administrativo del Quindío, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en Radicado Nº. 11001-03-15-000-2023-00420-00 Actor: Sergio Romero Cardona y otra 2 medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número: 63001-33-33-002-2021- 00267-00/01, demandantes: Sergio Romero Cardona y Lina María Escobar Gutiérrez.

Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente. Se reconoce personería al abogado Eder Hernández Lozano, como apoderado de la parte actora, en los términos y para los efectos señalados en el poder allegado con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE