Micelio
11001031500020230529500Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-09-22

Radicación interna: 8536 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Luz Amanda Bernal Avila·Demandado: Tribunal Administrativo De Boyaca

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá DC, 26 de septiembre de 2023 Radicación: 11001-03-15-000-2023-05295-00 Demandante: Luz Amanda Bernal Ávila Demandado: Tribunal Administrativo de Boyacá Naturaleza: Acción de tutela.

Auto De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Luz Amanda Bernal Ávila, mediante apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Boyacá y, VINCULAR a la Nación, al Ministerio de Educación Nacional, al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), y al departamento de Boyacá como terceros con interés en el asunto.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, a los demandados y a los terceros vinculados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.

TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.

CUARTO: OFICIAR al Juzgado Primero Administrativo oral del Circuito de Tunja para que remita escaneado el expediente del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho No. 15001-33-33-001-2022-00041-00/02 a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».

QUINTO: RECONOCER personería al abogado Yobany Alberto López Quintero, identificado con la cédula de ciudadanía No. 89.009.237 y portador de la Tarjeta Profesional No. 112.907 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado judicial de la demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital. Radicación: 11001-03-15-000-2023-05295-00 Demandante: Luz Amanda Bernal Ávila Demandado: Tribunal Administrativo de Boyacá Naturaleza: Acción de tutela.

Auto ______________________________________________________________________________________________________________ 2 de 2 SEXTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA