Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Magistrado ponente: Fredy Ibarra Martínez Radicado: 68001-23-33-000-2015-01219-02 (68.960) Demandantes: Inversiones Cuas SA En Liquidación Demandados: Corporación Autónoma Regional de Santander-CAS y otros Referencia: Reparación directa Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Aclaro el voto porque la decisión no realizó un análisis de caducidad, al considerar que este punto ya había sido resuelto en el trámite de la apelación del Auto que había rechazado la demanda por caducidad, en el que se expuso que la acción era oportuna.
Tal razonamiento desconoce el carácter irrenunciable de la caducidad como figura de orden público y el curso normal de un proceso, en el cual, por la práctica del periodo probatorio pueden surgir nuevos elementos que permitan determinar el momento a partir del cual debe contabilizarse el término de caducidad de la acción y al encontrarse configurada debe ser declarada por el juez, inclusive, de oficio.
Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado