w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., quince (15) de mayo de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-02456-00 Accionantes: LUZ ENIDTH ESCOBAR MONTOYA Accionados: CONSEJO DE ESTADO – SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN B Y OTRO Auto que admite Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Luz Enidth Escobar Montoya, quien actúa en nombre propio, en contra del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y el Consejo De Estado – Sección Segunda – Subsección B, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, ocurrida con ocasión de la expedición de la providencia del 22 de febrero de 2021 con motivo del trámite del recurso de unificación de jurisprudencia dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el radicado núm. 76111- 33-33-001-2014-00190-01.
TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y al Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección B como accionados, ACC IÓN D E T UTEL A Radicado: 11001-03-15-000-2023-02456-00 Accionantes: Luz Enidth Escobar Montoya w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 y al municipio de Ginebra como tercero interesado en las resultas del proceso.
Asimismo,
NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado