Micelio
11001031500020230136000Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2023-03-16

Radicación interna: 2107 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Alicia Calderon Gutierrez·Demandado: Consejo De Estado Seccion Segunda Subseccion B Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., veintiuno (21) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-01360-00 Accionante: Alicia Calderón Gutiérrez Accionado: Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección B Referencia: Acción de tutela – Admisión La señora Alicia Calderón Gutiérrez, a través de apoderado judicial, instauró demanda de tutela contra la Sección Segunda, Subsección B del Consejo de Estado, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, dignidad humana, seguridad social, mínimo vital y acceso a la administración de justicia. Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al proferir la sentencia del 22 de septiembre de 2022, al interior del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho1, promovido por la señora Cecilia Díaz de Bernal2 contra la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares – CREMIL-.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: VINCULAR a los herederos indeterminados de la señora Cecilia Díaz de Bernal y a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares –CREMIL-, en calidad de terceros interesados.

TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

CUARTO: REQUERIR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el radicado número 25000-23-42-000-2016-00351-00/01.

QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado y a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares – CREMIL-. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas 1 Identificado con número de radicado: 25000-23-42-000-2016-00351-01. 2 Quien falleció el 4 de junio de 2021, según consta en el registro civil de defunción No. 10509988, aportado junto la demanda.

Radicación: 11001-03-15-000-2023-01360-00 Accionante: Alicia Calderón Gutiérrez Accionado: Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección B Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, la autoridad accionada rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés haga uso de sus derechos de contradicción y defensa.

SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión, por aviso, a los herederos indeterminados de la señora Cecilia Díaz de Bernal para que, en el término de dos (2) días, hagan uso de su derecho a intervenir en el proceso de la referencia.

SÉPTIMO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a las direcciones de correo electrónico reportadas (calderonalicita@gmail.com y pmsu19@hotmail.com).

OCTAVO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOVENO: RECONOCER personería jurídica al abogado Pedro Mauricio Sanabria Uribe, portador de la tarjeta profesional 208.252 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en la demanda de tutela.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.