Micelio
11001031500020250698500Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2025-11-06

Radicación interna: 11091 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Pablo Andrés Córdoba Acosta

Actor: Jorge Enrique Martinez Pulido·Demandado: Direccion Ejecutiva De Administracion Judicial (Deaj) Nivel Central - Division De Asuntos

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., catorce (14) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Acción de tutela Parte actora: Jorge Enrique Martínez Pulido Parte accionada: Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – División de Asuntos Laborales Expediente: 11001-03-15-000-2025-06985-00 Auto que remite acción de tutela Del análisis del escrito de tutela presentado, el Despacho advierte que el mismo se dirige contra la Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial – División de Asuntos Laborales, motivo por el cual se remitirá a los Juzgados Administrativos del Circuito de Bogotá, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 20211.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria,

RESUELVE

Por Secretaría General REMITIR el expediente de la referencia a los Juzgados Administrativos del Circuito de Bogotá.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, PABLO ANDRÉS CÓRDOBA ACOSTA Consejero de Estado 1 “2. Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría”. [Se destaca]