Expediente: 11001-03-15-000-2023-02221-00 Demandante: Segundo Rafael Carvajal Bustos Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá, 5 de mayo de 2023 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-02221-00 Demandante: Segundo Rafael Carvajal Bustos Demandado: Tribunal Administrativo de Boyacá Asunto: Auto admisorio Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: 1.
Admitir la demanda de tutela presentada, por conducto de apoderado judicial, por el señor Segundo Rafael Carvajal Bustos contra el Tribunal Administrativo de Boyacá, con el objeto de que sean amparados los derechos fundamentales al debido proceso, a la seguridad social, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia. 2. En calidad de demandados, notificar a los magistrados del Tribunal Administrativo de Boyacá. 3.
En calidad de terceros con interés, vincular a las siguientes personas: 3.1. Al juez cuarto administrativo oral de Tunja, que dictó la sentencia de primera instancia en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho No. 15001-33-33-004-2022-00007-01. 3.2. A la ministra de educación nacional, al presidente de la Fiduprevisora S.A como vocero del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y al gobernador de Boyacá, que actuaron como demandados en el proceso ordinario. 4.
El expediente digital queda a disposición de la parte demandada y de los terceros, por el término de 3 días, para que ejerzan los derechos que pretendan hacer valer. 5. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 6. Requerir al Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Tunja, para que, en el término de 2 días, remita copia digital del expediente del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho No.15001-33-33-004-2022-00007-00, demandante: Segundo Rafael Carvajal Bustos. 7.
Reconocer al abogado Yobany Alberto López Quintero como apoderado judicial del demandante, en los términos del poder conferido. 8. Las comunicaciones, oficios, memoriales, escritos, pruebas documentales y demás que se presenten en este trámite judicial, se recibirán en la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado: secgeneral@consejodeestado.gov.co.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN