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11001031500020260121700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2026-02-17

Radicación interna: 1872 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Diego Enrique Franco Victoria

Actor: Maria Goretti Castilla Perez·Demandado: Nueva Eps

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA Bogotá D.C., dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2026-01217-00 Accionante: María Goretti Castilla Peréz Accionados: Nueva EPS Temas: Acción de tutela por acción u omisión de particulares / Remite para reparto a la autoridad judicial correspondiente.

AUTO QUE REMITE La señora María Goretti Castilla Peréz, en nombre propio, interpuso demanda en ejercicio de la acción de tutela1 contra la Entidad Promotora de Salud Nueva EPS para que se protejan sus derechos fundamentales a la salud, vida digna y seguridad social. Revisado el escrito de la demanda, se advierte que esta Corporación no es competente para resolver este asunto, toda vez que el numeral 1° del artículo 2.2.3.1.2.12 del Decreto 1069 de 20153 establece que las acciones de tutela dirigidas en contra cualquier particular, como lo es la Nueva EPS, serán repartidas para su conocimiento en primera instancia a los jueces municipales.

Así las cosas, el despacho remitirá este expediente a la Oficina de Reparto Judicial de los juzgados municipales de Bogotá. En mérito de lo expuesto, el despacho 1 Repartida a este despacho el 17 de febrero de 2026. Índice 1 de Samai. 2 Artículo 2.2.3.1.2.1. Reparto de la acción de tutela. Para los efectos previstos en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, conocerán de la acción de tutela, a prevención, los jueces con jurisdicción donde ocurriere la violación o la amenaza que motivare la presentación de la solicitud o donde se produjeren sus efectos, conforme a las siguientes reglas: 1.

Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden departamental, distrital o municipal y contra particulares serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces Municipales. […]. 3 Decreto 1069 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho”.

Radicado: 11001-03-15-000-2026-01217-00 Accionante: María Goretti Castilla Peréz Se remite para reparto 2

RESUELVE

PRIMERO: Por la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por la señora María Goretti Castilla Peréz contra la Entidad Promotora de Salud Nueva EPS a la Oficina de Reparto Judicial de los juzgados municipales de Bogotá.

SEGUNDO: NOTIFICAR la presente providencia al accionante a la dirección de correo electrónico señalada en el escrito de tutela, enviándole copia de la decisión que se adopta.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica DIEGO ENRIQUE FRANCO VICTORIA Magistrado