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25000233600020150074602Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2022-01-27

Radicación interna: 67939 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martínez

Actor: Inversiones Landu S.A.·Demandado: Ministerio De Ambien, Car

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente (E): Fredy Ibarra Martínez Radicado: 25000-23-36-000-2015-00746-02 (67.939) Demandantes: Inversiones Landu SA Demandados: Nación-Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y otros Referencia: Reparación directa Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Si bien comparto la decisión, considero que el fundamento para negar las pretensiones de la demanda era la falta de acreditación del daño consistente en la devaluación del predio del demandante.

El recurrente insistió en que el daño alegado consistía en la “disminución en el valor del predio”, así que la decisión debió estudiar, en primer lugar, si el demandante cumplió con la carga de demostrar que el bien sufrió una devaluación con ocasión de la medida de protección ambiental. Sin embargo, esto no ocurrió, pues la prueba pericial aportada no reunía los requisitos para ser valorada porque, entre otras razones, no explicó por qué empleó una norma derogada, los fundamentos para acudir al método utilizado, ni la razón por la que no “era necesario aportar los soportes”.

Al respecto, debo precisar que una prueba de oficio tiene como fin esclarecer un punto oscuro de la decisión no suplir las cargas probatorias de las partes. Firma electrónica ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado