1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA MAGISTRADA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2025-04825-00 Demandante HUMBERTO ENRIQUE GÚZMAN JIMÉNEZ Demandado FISCALÍA 67 SECCIONAL DE CARTAGENA ASUNTO AUTO QUE REMITE POR REGLAS DE REPARTO El Decreto 333 de 2021 estableció que: “(vi) Las acciones de tutela dirigidas contra las actuaciones de los Fiscales y Procuradores serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad judicial ante quien intervienen.
Para el caso de los Fiscales que intervienen ante Tribunales o Altas Cortes, conocerán en primera instancia y a prevención, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial. Para el caso de los Procuradores que intervienen ante Tribunales o Altas Cortes, conocerán en primera instancia y a prevención, los Tribunales Administrativos”. Al estudiar el expediente se advierte que la entidad accionada es la Fiscalía 67 Seccional de Cartagena, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales de petición y al debido proceso, y se solicita lo siguiente: “Se declare vulnerado mi derecho fundamental al debido proceso, derecho de petición y restitución de bienes.
Se ordene a la Fiscalía 67 Seccional de Cartagena emitir de inmediato la orden de recuperación del vehículo Chevrolet Spark GT EGU-227. Se ordene que dicha orden sea enviada a la DIJIN/SIJIN para la recuperación y entrega efectiva del vehículo. Se ordene la entrega del vehículo en condiciones óptimas, tal como fue ordenado por el Consejo de Estado.
Se advierta a la entidad accionada sobre el cumplimiento inmediato de la sentencia so pena de incurrir en desacato”. De la narración de los hechos y pretensiones se advierte que el señor Humberto Enrique Guzmán Jiménez, considera vulnerados sus derechos fundamentales por la falta de respuesta al derecho de petición radicado ante la accionada el 15 de abril de 2025.
Caso que por reglas de reparto le corresponde al superior funcional de la autoridad ante la que interviene la Fiscalía 67 Seccional de Cartagena. En consecuencia, por intermedio de la Secretaría General remítase inmediatamente el expediente de la referencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, Sala Penal, para que se imparta el trámite que corresponda a la acción de tutela instaurada por el señor Humberto Enrique Guzmán Jiménez.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador