CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., ocho (8) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 00346 00 Accionante: Julián David Martínez Marín Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y otro Derechos: Debido proceso y adecuada defensa AUTO El señor Julián David Martínez Marín, quien actúa por medio de apoderada judicial, interpone acción de tutela con la que busca la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la adecuada defensa aparentemente conculcados por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito Judicial de Cali y el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, con ocasión de las decisiones emitidas en los autos del 23 de mayo de 2022 y del 16 de diciembre de 2022, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado 76001 33 33 007 2021 00001 00 [01] Por reunir los requisitos legales, se admite la acción de tutela de la referencia y se ordena lo siguiente: Primero. Notificar, como demandados, al juez séptimo administrativo del circuito judicial de Cali y a los magistrados del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, quienes conocieron del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 76001 33 33 007 2021 00001 00 [01], y que da origen al presente trámite constitucional.
Segundo. Notificar, como tercero interesado en las resultas de este proceso, al Distrito Especial de Santiago de Cali, al actuar como demandado dentro del proceso 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00346 00 Accionante: Julián David Martínez Marín Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 76001 33 33 007 2021 00001 00 [01], y que da origen al presente trámite constitucional.
Tercero. Requerir al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito Judicial de Cali, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 76001 33 33 007 2021 00001 00 [01], en el que actúa en calidad de demandante el señor Julián David Martínez Marín. Cuarto. Reconocer personería jurídica para actuar dentro de este proceso a la abogada Isabel Aristizábal Martínez, de acuerdo con el poder especial otorgado por la parte actora, según la documentación contenida en el expediente digitalizado.
Quinto. Remitir copia de la solicitud de tutela a la parte demandada y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase, LVGV