Micelio
11001031500020230383900Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-07-17

Radicación interna: 5962 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jorge Iván Duque Gutiérrez

Actor: Colectivo De Abogados Empresarios Y Estudiantes De Derecho Por La Justicia Social Caedjus S.A.S.·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Bogotá D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA. Radicación: 11001-03-15-000-2023-03839-00 Accionante: Genaro Restrepo Zuluaga Accionados: Presidencia de la República y otros.

Derecho: Acceso a la administración de justicia, mínimo vital y vida. Tema: Admite tutela. AUTO Por reunir los requisitos legales, SE ADMITE la presente acción de tutela que instaura el señor Genaro Restrepo Zuluaga, en calidad de representante legal del COLECTIVO DE ABOGADOS EMPRESARIOS Y ESTUDIANTES DE DERECHO POR LA JUSTICIA SOCIAL SAS - “CAEDJUS S.A.S.”, en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Emisora BLU Radio y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.

Notifíquense, como accionados, a la Presidencia de la República, al Ministerio de Justicia y del Derecho, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la Emisora BLU Radio y a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 03839 00 Accionante: Genaro Restrepo Zuluaga.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Remítase copia de la solicitud de tutela a la parte accionada, para que proceda a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tiene, y rinda el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por el consejero ponente en la plataforma del Consejo de Estado denominada SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.

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