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68001233100020100068301Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2016-01-28

Radicación interna: 56183 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Luis Orlando Bermudez Rodriguez, Samuel Bermudez·Demandado: Ministerio De Defensa Nacional, Ejercito Nacional

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Martín Bermúdez Muñoz Referencia: Acción de reparación directa Radicación: 68001-23-31-000-2010-006-83-00 (56183) Demandante: Luis Orlando Bermúdez Rodríguez y otro Demandados: Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Aunque comparto el sentido de la decisión, considero que la sentencia debió limitarse a declarar la caducidad de la acción. De una lectura de la demanda y contrario a lo que concluyó la Sala, no encuentro que la causa de la reclamación hubiera sido asociada, de manera principal y exclusiva, a la expedición del acto de calificación de invalidez.

Por el contrario, el extremo actor fue claro al identificar que la causa de los daños cuya indemnización se demandó (hernia y trastorno depresivo), fueron fallas del servicio ocurridas durante la prestación del servicio militar. Tal planteamiento, a mi juicio, debía ser analizado a través de la acción de reparación directa, sobre todo cuando los demandantes se valieron del acta de la junta de calificación de invalidez como prueba de esos daños, al afirmar: “la víctima directa antes de ingresar era una persona plenamente normal, y fue desvinculado de la Institución Militar con daños morales y materiales, tales como constan según Acta de Junta Médico Laboral Nro. 18061 del 10 de abril de 2007…” -se resalta- Es cierto que la parte actora planteó que la calificación de invalidez fue incompleta; sin embargo, en el contexto que acabo de exponer, ello no determinaba que todas sus reclamaciones estuvieran relacionadas con la expedición de ese acto y que, entonces, fueran inviables por indebida escogencia del medio de control.

Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado