Radicado: 11001-03-15-000-2023-03241-00 Recurrente: Diego Alejandro García Escobar 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA SÉPTIMA ESPECIAL DE DECISIÓN Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., ocho (8) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Recurso extraordinario de revisión Radicación: 11001-03-15-000-2023-03241-00 Recurrente: Diego Alejandro García Escobar Tema: Se incorporan las pruebas documentales allegadas con la demanda y se cierra el periodo probatorio AUTO 1.- Mediante demanda radicada a través de ventanilla virtual el 15 de junio de 2023 el señor Diego Alejandro García Escobar interpuso recurso extraordinario de revisión contra la sentencia de segunda instancia proferida el 26 de mayo de 2022 por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B dentro del proceso 66001-2333-000-2014-00267-02.
Para el efecto, alegó que se configuró la causal contenida en el numeral 5 del artículo 250 de la Ley 1437 de 2011. 1.1.- Con el escrito contentivo del recurso extraordinario de revisión el recurrente allegó como prueba los siguientes documentos: i) copia de la demanda que dio origen al proceso en el que se dictó la sentencia recurrida; ii) copia del recurso de apelación formulado contra el fallo de primera instancia; iii) copia de los alegatos de segunda instancia; iv) copia de la providencia censurada; y, v) copia del correo electrónico por medio del cual se notificó el fallo cuestionado. 2.- Por auto del 2 de agosto de 2023 se admitió el medio de impugnación bajo análisis, el cual se notificó personalmente al municipio de La Virginia el 9 de agosto de 20231. 3.- El municipio de la Virginia de manera oportuna, el 17 de agosto de 2023, se pronunció respecto de la demanda de revisión sin solicitar ningún medio de prueba.
Así mismo, allegó poder especial conferido al abogado Jhon Jairo Zapata para que lo represente. 4.- De acuerdo con lo expuesto, el despacho incorporará al expediente las documentales allegadas con la demanda y dará por concluida la etapa probatoria. Como consecuencia de lo anterior, el despacho, 1 Toda vez que el correo electrónico correspondiente se remitió el 4 de agosto de 2023.
Radicado: 11001-03-15-000-2023-03241-00 Recurrente: Diego Alejandro García Escobar 2
RESUELVE
PRIMERO: TÉNGANSE como prueba las documentales allegadas con la demanda de revisión.
SEGUNDO: RECONÓCESE personería adjetiva al abogado Jhon Jairo Zapata portador de la Tarjeta Profesional 280.356 del C.S.J para representar los intereses del municipio de La Virginia en los términos del poder especial allegado el 17 de agosto de 2023.
TERCERO: La presente providencia será notificada mediante estado electrónico. En el sistema de información SAMAI se encuentran registrados los correos electrónicos de los apoderados de las partes. Se ADVIERTE a los sujetos procesales que deberán INDICAR cualquier modificación en la información de los canales de comunicación electrónica a la dirección secgeneral@consejodeestado.gov.co.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado