CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Bogotá, D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Radicación: 110010315000202206620 00 Accionante: Johanna Lorena Santacruz Torres Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Referencia: Acción de tutela – Admite Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por la señora Johanna Lorena Santacruz Torres, por conducto de apoderado judicial, para la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y de acceso a la administración de justicia, supuestamente vulnerados por los magistrados Patricia Feuillet Palomares, Oscar Alonso Valero Nisimblat y Luz Elena Sierra Valencia, integrantes del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
SEGUNDO: VINCULAR como terceros interesados en el proceso a la Rama Judicial, a la Fiscalía General de la Nación, a la Policía Nacional y a las señoras Geraldin Muñoz Santacruz, María Lida Torres Grajales, Mary Luz Hernández Torres, Valery Ocampo Hernández y Sara Sofía Ocampo Hernández.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, magistrados Patricia Feuillet Palomares, Oscar Alonso Valero Nisimblat y Luz Elena Sierra Valencia, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.
Radicación: 110010315000202206620 00 Accionante: Johanna Lorena Santacruz Torres Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Referencia: Acción de tutela – Admite 2 QUINTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
SEXTO: RECONOCER personería adjetiva al abogado Jonathan Velásquez Sepúlveda, portador de la Tarjeta Profesional No. 114.448 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora, en los términos del poder allegado al expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO BARG Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.