Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Martín Bermúdez Muñoz Bogotá, 13 de julio de 2022 Expediente: 68001-33-31-001-2011-00751-01 (53.402) Demandante: Marelvi Prada Saavedra Demandado: La nación – Fiscalía General de la Nación y otro Referencia: Reparación directa Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Aunque comparto la decisión de negar las pretensiones, me aparto de la consideración según la cual el daño alegado en la demanda consistió en “la pérdida del vehículo automotor de placa GIW-194 incautado e inmovilizado por la Policía Nacional, (…)”.
Revisada la demanda se advierte que no se identificó el daño como la pérdida del vehículo. Incluso, al revisar las pretensiones, se advierte que lo pedido por perjuicios materiales, supera ostensiblemente el valor del vehículo que, en su oportunidad, le fue incautado. En ese orden, a mi juicio, debieron negarse las pretensiones porque la parte actora no explicó, identificó y demostró cual fue el daño padecido.
Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA