Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, DC, 27 de mayo de 2022 Radicación: 11001-03-15-000-2022-02642-00 Demandante: Zeneyda Marín Vargas Demandados: Tribunal Administrativo de Nariño Naturaleza: Acción de tutela.
Auto Ingresado el asunto al despacho1, es preciso indicar que, mediante Auto de 17 de mayo de 20222, se requirió a la abogada Rosa María Montalvo Benavides y a la parte actora para que allegaran el correspondiente poder de la acción de tutela junto con su respectivo soporte, para efectos de representación en la presente acción de tutela.
Mediante comunicación enviada por correo electrónico de 20 de mayo de 20223, la abogada Rosa María Montalvo Benavides allegó el respectivo poder otorgado por la accionante Zeneyda Marín Vargas, razón por la cual se ADMITE la acción de tutela de la referencia. En consecuencia, el despacho,
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Zeneyda Marín Vargas, mediante apoderada judicial, contra el Tribunal Administrativo de Nariño y, VINCULAR al Juzgado 1 Administrativo de Mocoa, como tercero interesado.
SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y al tercero vinculado, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente. 1 El 26 de mayo de 2022, tal como consta en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial-SAMAI. 2 Notificado a los correos electrónicos, construyendojusticia@gmail.com; zeneydamarin@gmail.com. 3 Cabe precisar que el mismo se envió a las 6:01 pm, es decir, por fuera de la jornada laboral de esta Corporación, por tal motivo se tendrá como fecha de presentación el día siguiente hábil, esto es, el 23 de mayo de 2022.
Radicación: 11001-03-15-000-2022-02642-00 Demandante: Zeneyda Marín Vargas Demandados: Tribunal Administrativo de Nariño Naturaleza: Acción de tutela Decisión: Admite 2 de 2 TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.
CUARTO: RECONOCER personería a la abogada Rosa María Montalvo Benavides, identificada con cédula de ciudadanía No. 37.012.859 y portadora de la Tarjeta Profesional No.221.275 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada de la parte demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital.
QUINTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA