Radicado: 11001-03-15-000-2022-03623-00 Demandante: José Guillermo Castro Gámez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, once (11) de julio de dos mil veintidós (2022) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2022-03623-00 Demandante JOSÉ GUILLERMO CASTRO GÁMEZ Demandado CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN TERCERA, SUBSECCIÓN A ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.
Admitir la demanda presentada por el señor José Guillermo Castro Gámez, quien actúa a través de apoderado judicial, contra el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección A, entregándole copia de la demanda y de los anexos. 3. En calidad de tercero, notificar al Departamento del Cesar, quien actuó como demandado en el proceso ordinario y al Tribunal Administrativo del Cesar, autoridad que dictó la sentencia de primera instancia en el proceso Nro. 20001-23-31-000-2011-00046-00, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 4.
Oficiar al Tribunal Administrativo del Cesar, para que, remita en medio digital y en el término de dos (2) días copia del expediente Nro. 20001-23-31-000- 2011-00046-00/01. 5. Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 6.
Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 7. Reconocer a la abogada July Paola Fajardo Silva como apoderada judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido (Samai, índice 2). Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO