Radicado: 05001-23-33-000-2014-01412-01 (28651) Demandante: La Previsora S.A. Compañía de Seguros Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA ACLARACIÓN DE VOTO Referencia Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación 05001-23-33-000-2014-01412-01 (28651) Demandante LA PREVISORA S.A COMPAÑÍA DE SEGUROS Demandado DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DIAN Mediante la sentencia del 7 de noviembre de 2024, la Sala modificó la decisión del a quo y, en su lugar, negó las pretensiones principales de la demanda y ordenó devolver a LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS la suma pagada por $1.532.451.000, junto con los intereses previstos en el artículo 192 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Aclaro el voto, para precisar que para que se entienda notificada a la aseguradora y se garantice el derecho al debido proceso, es necesario individualizar la obligación que se le impone, señalar las condiciones requeridas para intervenir en el proceso y advertir las consecuencias u obligaciones que se le imputan. De allí que en los casos en que la actora no sea efectivamente vinculada al proceso sancionatorio no hay lugar a que responda de manera solidaria con la obligación. Atentamente, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO