Radicado: 11001-03-15-000-2024-05676-00 Accionantes: Guillermo Horacio Rodríguez Tobón y otro Remite para reparto 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-05676-00 Accionantes: Guillermo Horacio Rodríguez Tobón y otro Accionado: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios Temas: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Remite para reparto a la autoridad judicial correspondiente AUTO 1.- Guillermo Horacio Rodríguez Tobón presenta, en nombre propio y en calidad de representante legal de la Corporación Cívica Juventudes de Antioquia, acción de tutela contra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, por considerar que esa autoridad vulneró su derecho fundamental de petición. 2.- El despacho remitirá este expediente a los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá porque, una vez revisado el escrito de tutela, se advierte que a esta corporación no le corresponde resolver este asunto, por cuanto las pretensiones de la acción están dirigidas contra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y, en atención a la naturaleza jurídica de la entidad accionada, el conocimiento del presente asunto corresponde a los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá1.
En mérito de lo expuesto, el despacho
RESUELVE
PRIMERO: Por la Secretaría General de esta corporación, REMÍTASE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por Guillermo Horacio Rodríguez Tobón a 1 Numeral 2 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021. Radicado: 11001-03-15-000-2024-05676-00 Accionantes: Guillermo Horacio Rodríguez Tobón y otro Remite para reparto 2 la Oficina de Reparto Judicial de los Juzgados del Circuito Judicial de Bogotá.
SEGUNDO
NOTIFÍQUESE la presente providencia al accionante a la dirección de correo electrónico señalada en el escrito de tutela, enviándole copia de la decisión que se adopta.
TERCERO: PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la corporación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado