Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D. C., primero (1°) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-01058-00 Accionante: CAROLINA DEL RÍO RODRÍGUEZ Accionados: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS – SALA SEGUNDA DE DECISIÓN Y OTRO Auto que admite acción de tutela Procede este Despacho a pronunciarse respecto de la admisión de la acción de tutela presentada por la ciudadana Carolina del Río Rodríguez en contra de las providencias de 21 de julio de 2022 y de 13 de febrero de 2023, proferidas, respectivamente, por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales y por el Tribunal Administrativo de Caldas – Sala Segunda de Decisión, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número 17001-33-39-006-2021- 00234-00/03, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, al trabajo y al acceso a la administración de justicia. Consideraciones del Despacho: 1.
Por ajustarse a lo previsto en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admitirá la presente acción de tutela; igualmente, se vincularán como terceros con interés en este proceso al municipio de La Dorada (Caldas), a los señores Andrea Milena Escobar Gómez, Carlos Andrés Agudelo Cárdenas, Christian David Santana Moreno, Cristian Alejandro Mahecha Giraldo, Diana Yulieth Vanegas Molina, Katherine Vanegas Meneses y Leidy Laura Góngora.
También se dispondrá notificar al Ministerio Público para lo de su competencia. 2. Asimismo, se requerirá a la Secretaría del Tribunal Administrativo de Caldas para que de manera inmediata remita, preferiblemente por correo electrónico y, en su defecto, en medio físico, el expediente contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número 17001-33-39-006-2021-00234-03.
En mérito de lo expuesto el Despacho, 2 Radicación: 11001-03-15-000-2023-01058-00 Accionante: Carolina del Río Rodríguez R E S U E L V E:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela promovida por la ciudadana Carolina del Río Rodríguez en contra de las providencias de 21 de julio de 2022 y de 13 de febrero de 2023, proferidas, respectivamente, por el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Manizales y por el Tribunal Administrativo de Caldas – Sala Segunda de Decisión, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número 17001-33-39-006- 2021-00234-00/03.
SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión al Juez Sexto Administrativo del Circuito de Manizales y a los magistrados del Tribunal Administrativo de Caldas – Sala Segunda de Decisión. También se notificará al agente del Ministerio Público ante esta Sección, para lo de su competencia. Igualmente se REMITIRÁ, a todos los notificados, copia de la solicitud de tutela para que rindan informe sobre el particular, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia.
TERCERO: VINCULAR al municipio de La Dorada (Caldas), a los señores Andrea Milena Escobar Gómez, Carlos Andrés Agudelo Cárdenas, Christian David Santana Moreno, Cristian Alejandro Mahecha Giraldo, Diana Yulieth Vanegas Molina, Katherine Vanegas Meneses y Leidy Laura Góngora, como terceros con interés en el resultado del proceso y, en consecuencia, se dispone REMITIRLES copia de la solicitud de tutela, para que, si lo estiman pertinente, se pronuncien sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de este proveído.
CUARTO: REQUERIR a la Secretaría del Tribunal Administrativo de Caldas para que de manera inmediata remita, preferiblemente por correo electrónico y, en su defecto, en medio físico, el expediente contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado número 17001-33-39-006-2021-00234-03. Vencido el plazo antes señalado, vuelvan las diligencias al despacho para resolver lo pertinente.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado P:(18)