CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., siete (7) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 00098 00 Accionante: José Mauricio Gaviria Buitrago Accionado: Consejo de Estado, Sección Cuarta. AUTO El 8 de febrero de 2023. esta Subsección profirió sentencia de primera instancia, en la cual negó el amparo solicitado por el señor José Mauricio Gaviria Buitrago.
El 22 de igual mes y año, por Secretaría General, se notificó a las partes de la decisión proferida. El 2 de marzo hogaño, el apoderado de la parte accionante interpuso recurso de impugnación, por lo cual se evidencia que este fue remitido por fuera del término previsto en los artículos 31 del Decreto 2591 de 1991 y 8.° de la Ley 2213 de 2022, respectivamente.
En vista de lo precedente, se ordena lo siguiente: Único. Rechazar el recurso de impugnación formulado por la parte accionante en contra de la sentencia del 8 de febrero de 2023, por presentarse de forma extemporánea. Notifíquese y cúmplase, LVGV