Micelio
11001031500020220415400Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2022-08-01

Radicación interna: 6640 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Cesar Palomino Cortes

Actor: Helga Patricia Recio Castaño·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Tercera Subseccion B

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., cuatro (4) de agosto de dos mil veintidós (2022). Radicado número: 11001-03-15-000-2022-04154-00 Accionante: Helga Patricia Recio Castaño Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta la señora Helga Patricia Recio Castaño, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B. Póngase en conocimiento de la autoridad accionada la admisión de la presente demanda de tutela haciéndole llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General ofíciese al Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección B, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen en medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de reparación directa con radicado número: 25000-23-26-000-2009-00774-01, demandante: Carlos Arturo Gil y otros.

Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Id Documento: 11001031500020220415400005025060002