Radicado: 11001-03-15-000-2023-03286-00 Demandante: Luis Alberto Capacho Contreras Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: MILTON CHAVES GARCÍA Bogotá D.C., veintiuno (21) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-03286-00 Demandante: LUIS ALBERTO CAPACHO CONTRERAS Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA –SECCIÓN TERCERA-SUBSECCIÓN B- Y OTRO AUTO – ADMITE Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el numeral 2° del artículo 1° del Decreto 1382 de 2000, se dispone: 1.
Admitir la demanda interpuesta, mediante apoderada, por el señor Luis Alberto Capacho Contreras contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera-Subsección B- y el Juzgado Cincuenta y Nueve Administrativo Oral de Bogotá. 2. Notificar el presente auto al demandante, a los Magistrados que conforman la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y al titular del Juzgado Cincuenta y Nueve Administrativo Oral de Bogotá. Adicionalmente, a la Nación –Fiscalía General de la Nación-, como tercero interesado.
Tanto a los demandados como al tercero con interés se les remitirá copia de la demanda a los correos electrónicos de notificaciones judiciales destinados para el efecto. Así mismo, Publicar en la página web del Consejo de Estado esta providencia para el conocimiento de todos los terceros interesados. 3. Notificar a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del Código General del Proceso.
La notificación se deberá hacer por vía electrónica y por buzón, de manera que no se enviará documento alguno en papel. Informar que el expediente queda a su disposición por si desea revisarlo. 4. Informar a los demandados y al tercero con interés que en el término de dos (2) días y por el medio más expedito pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la presente acción. Los escritos se pueden presentar al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 5.
Oficiar al Juzgado Cincuenta y Nueve Administrativo Oral de Bogotá, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación del presente auto, allegue copia a través de medio magnético, del proceso de reparación directa Radicado: 11001-03-15-000-2023-03286-00 Demandante: Luis Alberto Capacho Contreras Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente.
Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 2 con radicado 11001-33-43-059-2019-00279-00, demandante: Luis Alberto Capacho Contreras. Al correo secgeneral@consejodeestado.gov.co 6. Suspender los términos de la presente acción de tutela hasta que se allegue copia del expediente solicitado. 7.
Reconocer personería a la abogada María Isabel Ducuara Chamorro, como apoderada del actor, conforme al poder allegado. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA