CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-06249-00 Solicitante: Habitat Calera & CIA S.A.S. Autoridad: Tribunal Administrativo de Cundinamarca Asunto: Acción de tutela TUTELA-Admisión de la solicitud.
AGENCIA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO-Notificación como interviniente. INFORME DE TUTELA-Término para que la autoridad lo presente. PRUEBAS EN TUTELA- Documentos allegados con la solicitud. RECONOCIMIENTO DEL APODERADO-Decreto 2591 de 1991 y CGP. Por reunir los requisitos establecidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con el reparto previsto por el artículo 1 del Decreto 333 de 2021, ADMÍTESE la solicitud de tutela instaurada por Hábitat Calera & CIA S.A.S., a través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca-Sección Tercera.
En consecuencia: 1.
NOTIFÍQUESE a la solicitante y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que conoce del proceso de reparación directa, Rad. n°. 25000-23-36-000-2018-00570- 00. Asimismo, a la Superintendencia de Notariado y Registro y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC como terceros interesados en el resultado de esta acción, a quienes se les remitirá copia de la solicitud.
PUBLÍQUESE esta providencia en la página web del Consejo de Estado para el conocimiento de quienes pudieran tener interés en el asunto. 2.
NOTIFÍQUESE a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 610 del CGP. INFÓRMESELE que el expediente queda a su disposición para su eventual intervención. 3. INFÓRMESE a la autoridad judicial y a los terceros con interés que, en el término de tres (3) días, pueden rendir informe sobre los hechos objeto de la tutela, de conformidad con el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991. 4.
TÉNGASE como pruebas con el valor que les asigna la ley los documentos allegados con la solicitud de tutela. 2 Expediente n°. 11001-03-15-000-2022-06249-00 Solicitante: Hábitat Calera & CIA S.A.S. Admite tutela 6. RECONÓCESE personería a John Alexander Villamil Velasco como apoderado de la solicitante, de conformidad con los artículos 10 del Decreto 2591 de 1991 y 74 del CGP
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE DPM/MCS