CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Bogotá, D.C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 110010315000202305163 00 Accionante: Richard Mejía Ríos Accionado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial y otro Referencia: Acción de tutela – Admite Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por el señor Richard Mejía Ríos, para la protección de sus derechos fundamentales al trabajo y al debido proceso, supuestamente vulnerados por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá.
SEGUNDO: DECRETAR como prueba documental la sentencia del grado jurisdiccional de consulta proferida en el trámite del proceso identificado con el radicado número 110011102000201905047 01, con su respectiva constancia de notificación y ejecutoria. De conformidad con lo anterior, OFICIAR a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial para que, en el término de dos (2) días, remita copia digital de la referida providencia.
TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, Comisión Nacional de Disciplina Judicial y Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.
Radicación: 110010315000202305163 00 Accionante: Richard Mejía Ríos Accionado: Comisión Nacional de Disciplina Judicial y otro Referencia: Acción de tutela 2 CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
QUINTO: RECONOCER personería al señor Richard Mejía Ríos para actuar a nombre propio, en los términos del artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO BARG Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.