Micelio
11001031500020230339400Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-06-23

Radicación interna: 5271 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Jhovany Cendales Herrera·Demandado: Tribunal Administrativo Del Huila

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá DC, 29 de junio de 2023 Radicación: 11001-03-15-000-2023-03394-00 Demandante: Jhovany Cendales Herrera Demandado: Tribunal Administrativo de Huila Naturaleza: Acción de tutela.

Auto De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Jhovany Cendales Herrera, mediante apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Huila y, VINCULAR al Juzgado 6 Administrativo de Neiva, al Departamento del Huila, al Ministerio de Educación Nacional y al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FOMAG, como terceros interesados en el proceso.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y a los terceros vinculados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.

TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.

CUARTO: OFICIAR al Juzgado 6 Administrativo de Neiva para que remita escaneado el expediente del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho No. 41001-33-33-006-2022-00218-00/01, a la siguiente dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co.

QUINTO: RECONOCER personería al abogado Yobany Alberto López Quintero, identificado con cédula de ciudadanía No. 89.009.237 y portador de la tarjeta profesional No. 112.907 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada de la parte demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital. Radicación: 11001-03-15-000-2023-03394-00 Demandante: Jhovany Cendales Herrera Demandado: Tribunal Administrativo de Huila Naturaleza: Acción de tutela.

Auto Decisión: Admite ______________________________________________________________________________________________________________ 2 de 2 SEXTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA