Recurso extraordinario de revisión Radicado: 11001-03-15-000-2022-06694-00 (10669) 1 CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN Nro. 13 CONSEJERO PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, cinco (5) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia Recurso extraordinario de revisión Radicación 11001-03-15-000-2022-06694-00 (10669) Demandante ANTONIO BERNARDO CURE YUNEZ Asunto ABRE A PRUEBAS Con el fin de continuar con el trámite del proceso en los términos del artículo 254 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo se dispone el decreto de las pruebas oportunamente solicitadas y aportadas por las partes que reúnen los requisitos de pertinencia, conducencia, utilidad y eficacia, así: 1.
Parte actora Con el valor legal que les corresponda ténganse como pruebas los documentos aportados con la demanda, visibles en el expediente electrónico que obra en el sistema de información SAMAI. 2. Municipio de Ciénaga El ente territorial no concurrió al proceso pese a la notificación que se le realizó por medio del buzón de notificaciones judiciales1. 3.
Ministerio Público El agente del Ministerio Público guardó silencio. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Magistrada 1 Índice 27 del SAMAI.