CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B CONSEJERO PONENTE: JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Bogotá D.C., nueve (9) de agosto de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04208-00 Demandante: Nubia Cristina Salas Salas Demandado: Dirección Ejecutiva de Administración Judicial AUTO QUE ADMITE Se encuentra el proceso al despacho para decidir sobre la posibilidad de admitir la solicitud de amparo constitucional presentada por Nubia Cristina Salas Salas por la presunta vulneración de su derecho y garantía fundamental de petición, con ocasión de la falta de respuesta al requerimiento radicada ante la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial el 10 de julio de 2023, a través del correo electrónico bgutierr@deaj.ramajudicial.gov.co.
Revisada la solicitud de la referencia, el despacho considera que cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 14 del Decreto 2591 de 1991 y 1 del Decreto 333 de 2021. En consecuencia, Resuelve Primero. Admitir la solicitud de tutela instaurada por Nubia Cristina Salas Salas contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
Segundo. Por la Secretaría General de la corporación notificar, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a la entidad demandada de la admisión de la presente solicitud de amparo, para lo cual deberá hacerle llegar copia de esta, para que, si a bien lo tiene, dentro de los 2 días siguientes al recibo de la notificación de esta providencia rinda informe sobre los hechos planteados.
Expediente: 110010315000-2023-04208-00 Demandante: Nubia Cristina Salas Salas 2 Tercero. Tener como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela. Notifíquese y Cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firmado electrónicamente Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador