CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., dos (2) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 05572 00 Accionante: Enrique Antonio Tamayo Lambraño Accionado: Tribunal Administrativo de Antioquia Derechos: Igualdad, debido proceso, acceso a la administración de justicia, seguridad social AUTO A través de auto del 11 de octubre de 2023 y notificado el 17 de igual mes y anualidad, se inadmitió la acción de tutela de la referencia y se dispuso lo siguiente: […] Único: Requerir al abogado, señor Yobany Alberto López Quintero para que dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia, allegue, por correo electrónico, memorial aclaratorio en el que indique la fecha correcta de la providencia cuestionada dentro de este trámite constitucional. […] Mediante memorial aclaratorio allegado1 por el representante judicial del accionante, dentro del término legal concedido, fue atendido el requerimiento.
En vista de lo anterior, y por reunir los requisitos legales, se admite la acción de tutela de la referencia y se ordena lo siguiente: Primero. Notificar como demandados a los magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia, quienes conocieron del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 050001 33 33 024 2022 00184 00 [01], y que da origen al presente trámite constitucional. 1 Índice 9 de Samai, dentro del expediente de la referencia. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 05572 00 Accionante: Enrique Antonio Tamayo Lambraño Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Segundo. Notificar como tercero con interés a la Nación- Ministerio de Educación, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, y al municipio de Medellín (Antioquia) quienes fungieron como demandados en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el 050001 33 33 024 2022 00184 00 [01].
Tercero. Requerir al Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito de Medellín, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que se tramitó con el radicado 050001 33 33 024 2022 00184 00 [01], en el que actuaron, en calidad de demandante, el señor Enrique Antonio Tamayo Lambraño, y como demandados, la Nación- Ministerio de Educación, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y otros.
Cuarto. Reconocer personería jurídica para actuar dentro de este proceso al abogado, señor Yobany Alberto López Quintero, de acuerdo con poder especial otorgado por la parte actora, según la documentación contenida en el expediente digitalizado.2 Quinto. Remitir copia de la solicitud de tutela a la parte demandada y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase, GGGJ 2 Contenida en el índice 2 del aplicativo Samai, dentro del expediente de la referencia.