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11001031500020220399200Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2022-07-22

Radicación interna: 6370 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Sandra Lisset Ibarra Velez

Actor: Oscar Eruin Bolaños Cubillos·Demandado: Tribunal Administrativo Del Meta Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B CONSEJERA PONENTE: SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ. AD 115-2022 Bogotá D.C., 26 de julio de 2022. Referencia: Acción de Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-03992-00. Actor: Óscar Eruin Bolaños Cubillos. Accionados: Tribunal Administrativo del Meta y otro.

AUTO QUE ADMITE LA ACCIÓN El señor Óscar Eruin Bolaños Cubillos, actuando a través de apoderado judicial, presentó la acción de tutela1 de la referencia por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales. Revisado el escrito encuentra la Consejera ponente que debe ser admitida la presente tutela, por reunir los requisitos legales al tenor de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y en el numeral 5 del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 20152, modificado por el artículo 1.° del Decreto 333 del 6 de abril de 20213.

En mérito de lo expuesto se,

RESUELVE

PRIMERO. ADMITIR el trámite de la presente acción constitucional.

SEGUNDO. Por la Secretaría General de la Corporación: 1 El proceso de la referencia fue repartido para trámite el 25 de julio de 2022, con informe electrónico de la Secretaría General de la Corporación. 2 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho. 3 Por el cual se modifican los artículos 2.2.3.1.2.1, 2.2.3.1.2.4 y 2.2.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho, referente a las reglas de reparto de la acción de tutela.

Expediente: 110010315000-2022-03992-00. Actor: Óscar Eruin Bolaños Cubillos. Accionados: Tribunal Administrativo del Meta. Admite acción de tutela. 2 • NOTIFICAR, por el medio más expedito y a la mayor brevedad, a los magistrados del Tribunal Administrativo del Meta y al Juez Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Villavicencio, en calidad de accionados, enviándoles copia del escrito de tutela, para que rindan informe sobre los hechos de la acción dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la notificación de la presente providencia. • VINCULAR y NOTIFICAR al presente trámite, en calidad de tercero interesado al municipio de Villavicencio, acorde a lo dispuesto en el artículo 13 y concordantes del Decreto 2591 de 1991. • REQUERIR a las autoridades judiciales vinculadas al presente asunto para que, en el improrrogable término de dos (2) días, envíen de forma digital copia del expediente contentivo de la demanda ejecutiva impetrada por el hoy accionante, contra el municipio de Villavicencio, con radicado 50001333300420170038000/01, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del Decreto 2591 de 1991, y concordantes.

TERCERO. RECONOCER personería para actuar en nombre y representación de la parte actora al abogado Ames Arias Silva, con T.P. No. 119.616 del C. S. de la Jud., en los términos del poder obrante en el expediente digital.

CUARTO. TENER como pruebas los documentos allegados con el escrito de tutela, cuyo valor será otorgado en la providencia respectiva.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. (Firmada electrónicamente) SANDRA LISSET IBARRA VÉLEZ